
El reconocimiento de los derechos laborales en México fue producto de un "Grito de Rebeldía" por todos aquellos hombres que sufrían de las injusticias laborales y de la explotación de la clase trabajadora. Este "Milagro Jurídico" quedó plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, sin embargo fue hasta 1931 cuando se promulgó la Ley Federal del Trabajo, documento reglamentario del artículo 123 de nuestra Carta Magnna. El Doctor en Derecho Carlos Báez Montes, nos ofrece esta síntesis histórica con dos sucesos que marcaron el reconocimiento de estos derechos desde el Gobierno del General Porfirio Díaz y del Presidente Venustiano Carranza. Este trabajo va dirigido a estudiantes, litigantes y maestros de universidades de México. Sus comentarios son muy valisos.
En el video de exponen los antecedentes y referencias históricas del Derecho Laboral en el mundo, su expansión desde el Imperio Romano, y el modelo que con el paso del tiempo se fue ajustando a las naciones del mundo.
El Derecho Laboral no es un tema acabado, como ninguna de nuestras leyes. Es un derecho actuante y cambiante, que nos permite adecuar como plastilina nuestro marco constitucional para satisfacer los reclamos mas urgentes de la clases trabajadora.
Muchos Estados han logrado comprender que sin la fuerza de trabajo, una Nación no avanza, se estatiza. El modelo mas claro son los Estados Unidos de norte américa, que de ve orillado a contratar mano de obra migrante de todas las latitudes del mundo, para evitar que si país deje de producir y generar riqueza.
Lo que han hecho esas naciones avanzadas, es tolerar y permitir la migración necesaria para la supervivencia económica. Si realmente quisieran acabar con la migración ya lo hubieran hecho.
En el documento que se anexa, podrás analizar el contenido de la Ley Federal del Trabajo en México, y los capítulos de la que se compone.
Te recomiendo que los leas con detenimiento, y comprendas que cada artículo plasmado en nuestra legislación, se ha ganado a base de sangre, muertes, marchas, huelgas, manifestaciones y bajo la presión social de la clase trabajadora al paso de más de 100 años de lucha.
LAS DOS GRANDS ETAPAS
Dos grandes etapas a favor de la lucha de los trabajadores mexicanos, fue sin duda, la de los gobiernos de los Presidentes Porfirio Díaz y del Presidente Venustiano Carranza, quienes cada uno de su tiempo llevaron a cabo acciones de Estado que permitieron que los reclamos de los trabajadores fueran escuchados y caminaras rumbo a los carriles de la democracia y la justicia social.
El Presidente Porfirio Díaz, quien durante los 36 años de Gobierno en México, gobernó bajo una dictadura, protegió a empresarios extranjeros que invadieron las fronteras de nuestro país para instalar empresas textiles, y al interior de la república mexicana explotar la industria minera y agrícola, llevándose toda nuestra riqueza, utilizando la mano de obra de los trabajadores como esclavos al obligarlos a trabajar de 12, 14 y 18 horas diarias, sin días de descanso.
Porfirio Díaz, no buscó jamás rescatar del yugo extranjero a los trabajadores mexicanos, y cuando ya vio venir la Revolución Mexicana para derrocarlo, en los años 1901 al 1909 intentó recomponer las relaciones laborales de los trabajadores de México para que no ser sublevaran y se levantaran en armas contra su gobierno, cosa que finalmente ocurrió.
Sin embargo, antes el presidente Díaz ya había declarado la salida de empresarios extranjeros que evidenciaban la explotación descarada contra el pueblo mexicano.
Otra etapa valiosa para la clase trabajadora fue, sin duda, la del presidente Venustiano Carranza, quien en 1917 convocó al Constituyente en Querétaro, México, para redactar y aprobar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se incluyó el artículo 123 Constitucional como un apartado especial para garantizar los derechos de los trabajadores ene México.
Esa hazaña fue fundamental para que se marcara el "antes y el después" de la lucha de los trabajadores por alcanzar mejores condiciones de vida por el esfuerzo de su trabajo.
VACATIO LEGIS
Del año 1917 al año 1931 existió un "vacatio legis" para consolidar lo que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordenaba en su artículo 123, y que se refería al actual Título Sexto "Del Trabajo y de la Previsión Social", y que defendía que "toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social del trabajo conforme a la Ley".
Ese vacío de la ley, al no contar en los 14 años subsecuentes con una Ley Reglamentaria del artículo 123 Constitucional, se generó una división muy marcada entre la clase trabajadora y el Estado Mexicano, quien no permitió que los trabajadores alcanzaran la cúspide de sus derechos que ya ordenaba la propia Carta Magna.
En todos esos años continuó la explotación, la incertidumbre, el acoso laboral, la violación a sus derechos y convirtiendo en letra muerta la propia Constitución.
Bajos salarios, sin prestaciones, sin horarios, amenazados, despedidos y violentados en su persona y en su vida.
Fue hasta el mes de agosto de 1931 cuando se creo la Primera ley Federal de Trabajo en México, y que es la que actualmente conocemos, solo que con más de un centenar de reformas que se han ido ajustando al paso del tiempo.
En 1970 se llevó a cabo por parte del Presidente Gustavo Díaz Ordaz y luego por el Presidente Luis Echeverría Álvarez, otra reforma profunda a la ley Federal del Trabajo, subsanando los errores cometidos por la primera Ley, ajustando la legislación a los tiempos que México estaba viviendo, para proyectar al Mundo que en México se trabaja por la seguridad social de los trabajadores Mexicanos.
La Ley Federal del Trabajo en México ha sido una especie de "plastilina" que se ha venido ajustando a los tiempos políticos y de presión social de la clase trabajadora y de los poderosos sindicatos como la CTM, SNTE, IMSS, PEMEX y Ferrocarriles, entre otros, de los cuales hablaremos en otro curso relacionado con el PODER DE LOS SINDICATOS EN MEXICO.
El presente curso te ofrece el contenido de las últimas reformas que ha registrado la Ley Federal del Trabajo y que cobran vigencia a partir del 1 de enero del año 2023, y que se refieren al goce del nuevo periodo vacacional de toda la clase trabajadora en México, que es de 12 días por el primer año de labores, con goce de sueldo íntegro y de todas sus prestaciones, acumulándose 2 días más por cada año laborado.
En otros países latinoamericanos el goce de días de vacaciones por año laborado llega hasta los 30 días, como lo explicamos en documento por separado.
El estudio del derecho laboral en México y el mundo nos deja grandes experiencias, un gran conocimiento sobre el sentido social de la lucha de los trabajadores lo largo de la historia.
En México y latinoamérica la lucha, huelgas y rebeliones de miles de trabajadores que han sido explotados y violentados en sus derechos humanos, se han convertido en mártires al grado que los beneficios de los cuales gozamos son producto de su lucha.
Es esto, un grito de rebelión que ha rendido frutos al paso de la historia. No es un tema acabado, continúaa la explotación en muchos rincones de México y del mundo, a pesar de que se cuentan con instrumentos legales, reformas constitucionales vigentes que deben proteger a los trabajadores.
Las experiencias adquiridas a través de este cursos, nos revelan que ninguna ley es producto de la casualidad o de las buenas intenciones de los gobiernos, es producto de lucha, esfuerzo y muertes, que han dado muestra de perseveracia, fortaleza y resistencia.
La Ley Federal del Trabajo en México, es un ejemplo latinoamericano y mundial. Es una ley completa y con antecedentes históricos vigentes que la colocan en una de las más visionarias hasta el momento.
Cuenta con más de 1,000 artículos y cientos de modificaciones y actualizaciones que revelan la gran transformación y evolución de los derechos de la clase trabajadora.
CONCLUSIONES:
La matriz constitucional fundada por la centenaria Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se caracterizó por orientar la codificación laboral al máximo nivel de las normas fundamentales, otorgarles eficacia vertical (frente al Estado) y horizontal (entre particulares), e influyó, no sólo en otras Constituciones regionales, sino también en la internacionalización de reglas laborales, mediante la, igualmente casi centenaria, conformación de la Organización Internacional del Trabajo.
América adquirió, a través de su historia, un rol esencial en la configuración de los derechos humanos laborales por su labor normativa supranacional y el desarrollo del constitucionalismo laboral.
El proceso de recepción de normas de trabajo en las Constituciones latinoamericanas está condicionado por los sistemas de reformas constitucionales de mayor o menor dinamismo, de control de constitucionalidad, de efectividad de derechos fundamentales, de integración jurídica supranacional y los propios saberes generales de cada país.
Sin embargo, con diversidad de intensidades, resulta un rasgo común, especialmente en las Constituciones de última generación normativa, la incorporación de nuevos capítulos laborales al máximo nivel normativo nacional y, a la vez, al derecho interno de instrumentos supranacionales de derechos humanos en general y de derecho del trabajo en particular. Los modelos son diversos, ya que las normas supra ordenadas poseen fuerza de ley, no se referencian especialmente, pero se incorporan al derecho interno, adquieren rango constitucional o superior a las normas superiores constitucionales, e incluso indican su modo de aplicación e interpretación. El dato común es que la variada carta de derechos de las Naciones Unidas, la OIT y el sistema interamericano de derechos humanos, ha llegado a integrarse con el derecho nacional, constitucional y, obviamente legal, transformando el sistema de fuentes jurídicas. La categoría de derechos humanos laborales aparece así claramente fortalecida y reconociendo un rol progresivo de participación en la sustancia de un nuevo derecho del trabajo.
En fin, el mundo latinoamericano, con sus veinte culturas jurídicas diversas, presenta un idioma común, no sólo el castellano como lengua predominante, sino también por la incorporación constitucional temprana y sostenida del derecho del trabajo, primero, y de los derechos humanos laborales, después, desde la centenaria Constitución de Querétaro y la Declaración de Garantías Sociales de América, hasta el presente.
Los alumnos conocerán los antecedentes históricos de las conquistas laborales que han alcanzados en México los trabajadores; y a la vez podrán conocer los derechos que la ley señala tanto para los trabajadores del sector público y del sector privado. Tendrán un marco de referencia de los derechos laborales en México y el Mundo. Este curso es de extraordinaria utilidad para alumnos, litigantes, maestros, personal de recursos humanos y sobre todo para los empresarios y patrones.
El instructor los llevará de la mano para conocer la Ley Federal del Trabajo, sus distintas etapas y su contenido aplicable a nuestros días. Tendrás la oportunidad de conocer la opinión de juristas sobre esta materia, quienes te ofrecerán valiosa información que te servirá de experiencia para tu fgormacón profesional.
El curso es dinámico, ágil, compresible. No necesitas tener experiencia jurdica, solo el interés de aconocer, actualizarte o especializarte en esta materia de derecho laboral.
Conocerás temas de actualidad y reformas a la Ley, que responderán tus inquietudese en cuanto a las últimas reformas a la Ley Federal del Trabajo que entraron en vigos a partir del año 2023.
De la misma forma conocerás los criterios del ponente en torno al alcance de las reformas vigentes y sobre todo de lo que ha representado para la clase trabajadora mexicana estos logros constitucionales, que son modelo y ejemplo a nivel latinoamericano.
En este curso, los estudiantes podran conocer la opinión del instructor sobre las distintas etapas de la ley, desde la lucha armada, la revolución mexicana y la vigencia de los derechos alcanzados.
Esto, no es un documento acabado. Todavia se corre el riesgo que el cambio político de gobierno pueda generar nuevas reformas a favor o en contra de las conquistas que se han alcanzado con el paso del tiempo.