
Explicación del Alcance de este curso, lo que contiene como un conocimiento del Fondo de la Contabilidad Electrónica, para conocer más de la actualización de las Normas en que se basa la contabilidad es objeto de otro curso, de la misma manera si lo que se busca es el cumplimiento atendiendo las formalidades.
La reforma fiscal en contabilidad electrónica atiende más a las cuestiones de fondo que a las de forma, es decir, en esta clase aprenderemos que el fondo de esta estrategia es de fiscalización y de recaudación.
Entendiendo qué información y para qué la quiere la autoridad podremos protegernos de malos entendidos y evitaremos ubicarnos en situaciones de riesgo fiscal
¿Que significa ser EFOS o EDOS y cual es su aspecto tributario? ¿Cuando se configura una Discrepancia Fiscal? ¿Que relación tienen con la contabilidad Electrónica?
Con este material se pretende evidenciar la importancia de tener bien documentada la contabilidad electrónica así como dar algunos ejemplos de los criterios y del actuar de la autoridad tributaria
De acuerdo a la legislación tributaria conoceremos quienes están obligados a llevar todas las obligaciones de la Contabilidad Electrónica y quienes podrán llevar una "contabilidad simplificada"
Con este Tutorial se demuestra paso a paso como llevar la "contabilidad simplificada" a través del portal de la Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Se muestran los fundamentos legales en México que obligan a llevar una Contabilidad. así como también el formato en que debe enviarse la Contabilidad Electrónica
En esta clase se exponen los nuevos procedimientos de auditoría que aplicará la autoridad y su vinculación con la contabilidad electrónica, además de darnos las primeras pinceladas de lo que serán las "cuentas sensibles", por lo que su conocimiento es imprescindible a fin de evitar molestias a futuro y innecesarias.
Este término es acuñado por nosotros y en ningún otro material lo encontrarás. Con este término nos referimos a aquellas cuentas de la contabilidad que, de no tener un cuidado especial, generarán créditos fiscales, multas, actualizaciones, recargos, penas corporales o en el mejor de los casos un acto de molestia por parte de la autoridad con la respectiva carga administrativa o costo de cumplimiento, por su importancia y extensión este tema se divide en tres sesiones.
Este término es acuñado por nosotros y en ningún otro material lo encontrarás. Con este término nos referimos a aquellas cuentas de la contabilidad que, de no tener un cuidado especial, generarán créditos fiscales, multas, actualizaciones, recargos, penas corporales o en el mejor de los casos un acto de molestia por parte de la autoridad con la respectiva carga administrativa o costo de cumplimiento, por su importancia y extensión este tema se divide en tres sesiones.
Este término es acuñado por nosotros y en ningún otro material lo encontrarás. Con este término nos referimos a aquellas cuentas de la contabilidad que, de no tener un cuidado especial, generarán créditos fiscales, multas, actualizaciones, recargos, penas corporales o en el mejor de los casos un acto de molestia por parte de la autoridad con la respectiva carga administrativa o costo de cumplimiento, por su importancia y extensión este tema se divide en tres sesiones.
Encontrarás valiosos consejos para preparar tu catalogo ANTES de enviarlo a las autoridades y conoceremos el Catálogo del SAT con el que debemos añadir el respectivo dígito agrupador en el Catálogo de nuestra empresa. Identificarás que cuentas están duplicadas, cuales faltan y cuales NO DEBERAN USARSE por ser contrarias a las Normas de Información Financiera.
El concepto de Contabilidad para efectos fiscales comprende de varios elementos mencionados en el Código Fiscal de la Federación, su reglamento, así como la Reforma Miscelánea Fiscal 2014 y sus modificaciones.
Esta clase se describen todos sus elementos que la comprenden, incluida la Septima Modificación a la Reforma Fiscal 2014 (Anteproyecto del 4 de diciembre de 2014) y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015
En esta sección se describen las fechas en que se debe cumplir las obligaciones fiscales relativas a la contabilidad electrónica. a partir de que fechas y con que periodicidad. actualizadas con la 7ma modificación Miscelánea y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
Mucho se ha preguntado de lo que se necesita tener para llevar la Contabilidad Electrónica. Estos son los campos mínimos que debe contener la información enviada.Actualizada con la 7ma Modificación Miscelánea Fiscal 2014 y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015. Básico para saber si nuestros sistemas cumplen con todos los requisitos e infraestructura.
Conoceremos el procedimiento que la autoridad tiene contemplado para el envío de la información en casos de errores informáticos o modificaciones posteriores a la información enviada.
Existe la creencia de que son cinco años lo que se debe conservar la contabilidad, sin embargo esto no es del todo cierto. En esta clase aprenderemos los casos en que la contabilidad tiene una obligación de conservarse mayor a los cinco años.
En esta clase aprenderemos cuáles son las infracciones relativas a la contabilidad electrónica y sus multas correspondientes
El tiempo nos dió la razón cuando hablamos que no había fundamento para que la autoridad nos pudiera multar; sin embargo con la Reforma Fiscal 2016, se aprobaron reformas al código que permitirán a la autoridad cobrar de $ 5,000.00 a $ 15,000.00 de multa a quien no la envíe. Entra en Vigor a partir del 1 de enero de 2016.
En México, a partir del año 2015 los contribuyentes tendrán que enviar su contabilidad a la autoridad fiscal de manera electrónica. ¿Qué relación tiene esta información con el riesgo de una auditoría fiscal? ¿Qué cuentas del catálogo del SAT debo evitar por contravenir las Normas de Información Financiera?¿Que cuentas son sensibles a que la autoridad indague más o con más probabilidades de encontrar diferencias fiscales?
En un lenguaje sin tecnisismos y de fácil comprensión el Doctor en Ciencias de lo fiscal da respuesta a esta y otras preguntas además de descubrir el trasfondo fiscal de esta reforma. La Garantía de Actualización garantiza que en un año se mantendrán al tanto de las modificaciones que tenga este tema.